STATCOUNTER


martes, 19 de junio de 2012

NORBERTO, L'AJUNTAMENT DE LLEIDA Y MIS DERECHOS


 

Hoy he estado en el Ayuntamiento de Lleida, en concreto en el área de recaptación. Seguro que los máximos responsables de ese departamento se acordaran de mi durante algún tiempo, de la misma manera, o similar, a como  el argentino se acuerda de mí.


 

Creo que los ciudadanos debemos defender nuestros derechos y nuestro buen nombre, y cuando sufrimos un atropello o un abuso, ya sea por algún órgano administrativo, ya sea por algún particular, debemos defendernos, dando una respuesta proporcional al daño recibido.   Es verdad que muchas veces, sobre todo si ese daño no reviste especial significación, lo más sabio es pasar página. No podemos quejarnos por todo: debemos muchas veces sabernos resignar, de lo contrario acabaríamos locos.


 

En la vida habré tenido cinco o seis contenciosos, contando el del argentino, en los cuales no me ha aparecido oportuno resignarme, sino que he creído que debía llegar hasta el final. No los voy a explicar todos, pero sí que me voy a explayar sobre el de hoy, el habido con el Ajuntament de Lleida.


 


 


 

EXPOSICIÓN de los HECHOS


 

Hace un año y medio recibí una carta en que se me comunicaba que debía pagar el primer IBI (impuesto que se paga al ayuntamiento por los bienes inmuebles) por el piso que tengo en alquiler. Ese IBI, unos 150 euros, por ser el primero, lo debe abonar el constructor de la vivienda. Pero como el constructor se fue a la ruina, el ayuntamiento me lo derivaba a mí. Al cabo de diez ayos, recibí una carta del departamento de recaptación en la que se me requería pagar ese IBI. Por supuesto me negué. No tengo que pagar lo que deben pagar otros.


 

Como me negué a pagar algo que me parecía injusto, el área de recaptación procedió a dictar un orden de constreñimiento contra mi vehículo, es decir, pretendían embargarlo.  Pero dictando tal orden violaban la ley, porque ésta establece que en el caso de los embargos debe seguirse un orden de prelación, según el cual primero hay que embargar las cuentas corrientes antes que a los vehículos. Luego resultaba evidente que el Ayuntamiento había incumplido dicho precepto.


 

Si el ayuntamiento hubiera retirado el dinero de mi cuenta corriente,  por mi parte me hubiera resignado. PERO QUE POR 150 EUROS PRENTENDIERAN EMBARGARME EL VEHÍCULO ME INDIGNÓ DE VERDAD. A sí que ni corto ni perezoso, me dirigí al Síndic de Greuges, el defensor del ciudadano, para exponerle el caso. El Síndic, tras comprobar la irregularidad, se puso en contacto con el máximo responsable para requerirle una explicación.


 


 


 

Una vez que el Síndic hubo recabado la información pertinente me escribió una carta, en la cual, y entre otras cosas, se podía leer:


 


 


 

“Los funcionarios del departamento de recaudación de impuestos revisaron, antes de embargarle el vehículo, sus cuentas corrientes, PERO NO ENCONTRARON DINERO, por lo cual se actuó contra su vehiculo”


 


 


 

La anterior afirmación es FALSA DE TODA FALSEDAD, porque en mis cuentas corrientes había dinero de sobras para saldar esa cantidad de 150 euros, prueba de ello es que pago religiosamente todos los impuestos municipales, que son muchos, a través de esas cuentas.


 


 


 

INDIGNADO ante esa respuesta, me personé en el AYUNTAMIENTO DE LLEIDA con la carta del síndic, para exigir que me indicaran en que FECHA no había dinero en mis cuentas corrientes.


 


 


 

Primero me atendió una funcionaria, pero ante la gravedad del caso pronto se me dijo que pasara a otro despacho, donde fui atendido por  los máximos responsables del departamento. Hay que reconocer que fueron muy amables, y transparentes en la medida de lo posible. Pero a pesar de toda esa amabilidad, me quedó bien clara la manera, poco ortodoxa, de proceder de ellos. Necesitan cobrar cuanto antes, y para ello intentan asustar al contribuyente. Conmigo no les ha funcionado.


 


 


 

A continuación, cito de memoria algunas de las frases que me dijeron para justificarse:


 


 


 

“Sr Solé, usted es muy meticuloso, si en su trabajo fueran tan meticulosos con usted, seguro que le encontrarían algo”


 


 


 

“Sr Solé, si se aplicara la ley al pie de la letra, todo el país estaría paralizado”


 


 


 

“Sr Solé, si no le parece bien, recurra al juzgado, pero recuerde que tendrán que pasar 3 años antes de que se resuelva, y para entonces ya se le habrá pasado el enfado… “


 


 


 

“ Sr solé, en ese momento sólo teníamos la información sobre su vehículo, no figuraba nada respecto a sus cuentas…”


 


 


 

“ Sr Solé, aunque usted pague cada año el IBI a través de una cuenta corriente. Lo del embargo es otra cosa, y se sigue otra vía…”


 


 


 

“ Sr Solé, no hemos comprobado si en las cuentas donde usted tiene domiciliados los impuestos del ayuntamiento había dinero, porque en ese caso lo tenemos que teclear manualmente, y además tenemos que hacer cola en la ventanilla del banco, y como eso es engorroso, preferimos no hacerlo…”


 


 


 


 


 

En fin, podría continuar con la lista de despropósitos, pero para qué. Lo que me quedó claro es que antes de embargar el vehículo, NO HABÍAN COMPROBADO MIS CUENTAS. Se habían saltado el orden establecido por la ley, porque para comprobar si hay dinero en una cuenta corriente el ayuntamiento debe utilizar un programa informático que es lento y que requiere que transcurran 6 o 7 meses antes de que dé algún resultado, para ahorrarse todo ese tiempo, optaron por embargarme el coche, aver si así me asustaba y pagaba.


 


 


 

Pero a pesar de todas sus explicaciones, yo seguía insistiendo; me pueden decir en que FECHA NO HABÍA DINERO EN MIS CUENTAS CORRIENTES…


 


 


 

Tras un estira y afloja, el jefe del área de recaptación llegó  a la siguiente conclusión.


 


 


 

“La carta del Síndic está equivocada.  No es eso lo que le dijimos por teléfono. Quizás la secretaria que la redactó se confundiera. Le volveremos a enviar otra carta, al Síndic; explicándole el caso, y entonces usted recibirá otra carta del Síndic en que todo estará correctamente expresado”.


 


 


 


 


 

Sin lugar a dudas, lamentable. Me parecieron dos pobres diablos, pero a pesar de todo hay que ser magnánimo y saber perdonar los errores de los demás. Al fin y al cabo, no me embargaron el vehículo, sólo me enviaron una orden de embargo para asustarme. Creo que sería de muy mala persona por mi parte acusarlos de prevaricación ante un juez, lo que les podría suponer la inhabilitación de sus cargos durante un periodo de tiempo. Creo que ya se han llevado su merecido con el toque de atención que les dio el Síndic, porque es evidente que la llamada que éste les hizo no les gustó nada.


 


 


 

Ahora, sólo me queda esperar que me llegue esa carta, porque si no me llega, volveré a reclamar que me sea enviada. En este mundo, no vale todo. Hay que seguir unas mínimas reglas de convivencia, para que la nuestra sea una sociedad de personas y no de NÚMEROS.